Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 89/2002
Fecha: 21-Oct-2002
III.4.
Que, de lo analizado en este Recurso, se establece que los Concejales recurridos, al pronunciar las Resoluciones Municipales 34-A /2002 de 3 de abril, 036/2002 de 03 de abril y 038/2002 de 09 de abril y las Resoluciones del Comité de Ética 001 y 002/2002, han actuado de acuerdo a las atribuciones que les reconoce nuestro ordenamiento jurídico, no habiendo usurpado funciones ni actuado sin competencia, como alegan los recurrentes.