Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 92/2002
Fecha: 28-Oct-2002
I.1.2. Trámite procesal del incidente.
Que, es evidente que el proceso por tráfico de sustancias controladas cuenta con 98 cuerpos, pero no por ello se puede prolongar caprichosamente el debate, el mismo que se abrió el 29 de noviembre de 2001, cerrándose el 27 de junio de 2002, transcurriendo siete meses. El debate fue ampliado más allá de los 20 días establecidos por el art. 116 Ley 1008 y no se ha dado cumplimiento al art. 82 del mismo cuerpo legal que ordena que los términos son fatales e improrrogables, por lo que es falso que se hubiera cerrado el debate precipitadamente y cortado la producción de medios de prueba.