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    AUTO CONSTITUCIONAL 551/2002-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 551/2002-CA

    Fecha: 28-Nov-2002

    APRUEBA

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los  arts. 64-III y 31-4) LTC, APRUEBA  el RECHAZO contenido en la Resolución de 2 de septiembre de 2002, pronunciado por Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, cursante a fs. 122 del expediente.

    • Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, a instancia  de Lorgio Añez Pereyra,
    • art. 42 parágrafo II de la Ley  1760 y 19 de la Ley 2297, de 20 de diciembre de 2001 en la parte que establece el remate sin base o base mínima,
    • I.2.1 Respuesta al recurso
    • rechaza el incidente
    • II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
    • II.2. Cumplimiento de requisitos.
    • autoridad judicial ya ha dictado sentencia
    • APRUEBA

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