Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 551/2002-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 551/2002-CA

    Fecha: 28-Nov-2002

    II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas

    Se impugna el art. 42.II  de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar  1760, de 28 de febrero de 1997 y 19 de la Ley 2297, de 20 de diciembre de 2001, que sustituye los parágrafos II y III del art. 542 del Código de procedimiento civil, modificado por el citado artículo 42 LAPCAF.

    • Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, a instancia  de Lorgio Añez Pereyra,
    • art. 42 parágrafo II de la Ley  1760 y 19 de la Ley 2297, de 20 de diciembre de 2001 en la parte que establece el remate sin base o base mínima,
    • I.2.1 Respuesta al recurso
    • rechaza el incidente
    • II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
    • II.2. Cumplimiento de requisitos.
    • autoridad judicial ya ha dictado sentencia
    • APRUEBA

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca