Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2002 - R
Fecha: 01-Nov-2002
II.1
II.1 Que, luego de haberse pronunciado el Juez sobre el Recurso, los recurrentes por memorial de 19 de agosto de 2002, manifestando que la audiencia pública señalada para el 16 del mismo mes y año, no se realizó porque el Prefecto del Departamento otorgó día de tolerancia por la festividad de Urkupiña, piden se señale otra audiencia (fs. 18); empero, el Juez decretó “Estese al acta de audiencia” (fs. 18 vta.).
- Amadeo Zurita Gonzáles y Octavia Montenegro vda. de Gonzáles
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Marco A. Terán Arias, Juliana Zapata A., Presidente y Secretaria del Concejo Municipal de Cliza y Casto Rondal Cabrera, Alcalde Municipal del mismo municipio
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4