Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1340/2002 - R
Fecha: 01-Nov-2002
II.2
II.2 Que, ante esa decisión, los recurrentes plantearon reposición bajo alternativa de apelación, solicitando se deje sin efecto el Auto que declaró desierto el recurso y señaló nueva audiencia para declarar la procedencia o improcedencia del mismo (fs. 20), a cuyo recurso el Juez dió curso y luego de la respuesta de los recurridos, por Auto de 24 de agosto de 2002, concedió la apelación ante este Tribunal en efecto suspensivo (fs. 24).
- Amadeo Zurita Gonzáles y Octavia Montenegro vda. de Gonzáles
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Marco A. Terán Arias, Juliana Zapata A., Presidente y Secretaria del Concejo Municipal de Cliza y Casto Rondal Cabrera, Alcalde Municipal del mismo municipio
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4