SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1354/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1354/2002-R

Fecha: 06-Nov-2002

III.4

III.4  Si bien el art. 251 CPP, prevé el recurso de apelación  contra la resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares, sin embargo  el Tribunal Constitucional ha sentado jurisprudencia a  través de sus fallos, como en la SC 984/2000-R -: “que el recurso de hábeas corpus no precisa del agotamiento de los recursos previos ordinarios que pueda tener una persona para reparar los atentados y supresiones a su derecho a la libertad, pues la vía constitucional se abre y se halla expedita ante la persecución o detención ilegal o indebida de un ciudadano”.