Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1367/2002-R
Fecha: 11-Nov-2002
II.3.
II.3. Por Auto de Vista de 1 de mayo de 2002, el Juez Tercero de Partido en lo Civil-Comercial confirmó en todas sus partes la sentencia apelada, aduciendo que la actora probó los extremos de la demanda así como el hecho de que la recurrente no le hubiera permitido hacer uso de su derecho a posesión desde el momento que adquirió por transferencia la propiedad de la caseta en litigio (fs. 308).