Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
I.2.2.
El Fiscal demandado, sin asumir en el fondo defensa del recurso de hábeas corpus planteado contra su persona, suscita excepción de incompetencia de la Jueza Segunda de Sentencia de La Paz (Jueza de hábeas) para conocer este recurso extraordinario, por cuanto el proceso de investigación que ha motivado el recurso se lleva en Caranavi, lugar en el que el imputado debió haber planteado cualquier recurso, por existir autoridades judiciales (fs. 126).