SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

III.1.

... la persona que se creyere agraviada u otra a su nombre acudirá ante las Cortes Superiores en las Capitales de Departamento o ante los Jueces de Partido en Provincias, sin hacer alusión a territorio ni a ningún otro elemento que determine la competencia constitucional que tiene carácter nacional conforme lo ha reconocido este tribunal a través de las Sentencias Constitucionales Nos. 173/01-R de 2 de marzo de 2001, 075/01-R de 30 de enero de 2001”;