SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1385/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1385/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

1)

La autoridad demandada da lectura a su informe de fs. 59 a 63 que señala: 1) conforme a la resolución Ministerial (RM) 372 de 17 de mayo de 2001, que aprueba la planilla presupuestaria, al recurrente se le asignó el ítem 265 nivel 5 cargo Planificador, dependiente de la Unidad de Deportes de la Prefectura, con una remuneración de Bs3935.- 2) el ahora recurrente tenía la obligación de dar parte a la Unidad de Recursos Humanos o en su caso al Director Administrativo Financiero de la percepción de una cantidad mayor a la señalada, sin embargo calló porque seguramente le favorecía; 3) existió error en el sistema de cómputo, que hizo que se le asignara a su ítem 265 el salario de Bs5.635.- monto que corresponde al ítem 264, error que se trató de enmendar con la devolución a la que se resistió el recurrente, quien está sujeto al Estatuto del Funcionario Público de 27 de octubre de 1999 y en cuya condición debió haber interpuesto recurso de reposición y en última instancia el recurso jerárquico como lo dispone el art. 65 y siguientes de la referida Ley; 4) en caso de negarse a la devolución de la demasía de su remuneración, la Prefectura iniciará las acciones correspondientes  en las instancias llamadas por ley, por considerar este hecho como apropiación indebida.