SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1386/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

II.3

II.3           Mediante oficios 850 y 851, ambos del 9 de julio de 2002, el Juez Octavo en suplencia del Séptimo de Instrucción en lo Civil comunica a la Prefectura y a la Policía Departamental, la orden de que se inhiban de la custodia mencionada (fs. 3-4). Sin embargo, a solicitud de los hermanos Gil Sosa en representación de su madre Pura Cuellar vda. de Gil (demandante  en el otro interdicto),  sin correr traslado a los ahora recurrentes, mediante oficio 890/ 2002 de 16 de julio deja sin efecto la inhibitoria ordenada, con el argumento de existir sentencia ejecutoriada en el proceso interdicto de retener la posesión sustanciado en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Civil, providencia que no ha sido notificada a los recurrentes, quienes consideran que esa decisión vulnera sus derechos constitucionales  lo que motiva el presente recurso.