Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1396/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
II.1
II.1 Que, el 30 de septiembre de 2002, los recurrentes fueron denunciados por Arcenio Salazar Callejas por los delitos de daño simple, amenazas y agresión física, que supuestamente habrían ocurrido el 22 y 24 del mismo mes y año (fs. 8), habiendo sido citados para que respondan a dicha denuncia el 1 de octubre de 2002, lo cual cumplieron a hrs. 10:20, oportunidad en la que luego de haber verificado el hecho de agresión física mediante una camisa celeste del denunciante -según el informe del comisario de servicio-, el superior en grado dispuso que debido a la agresión física pasen a guardar arresto para que “reflexionen” (fs. 9).