Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1396/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, los recurrentes, denuncian la vulneración de su derecho a la libertad, previsto en el art. 6-II CPE, con el argumento de que el Comandante recurrido ordenó su arresto sin que concurran las circunstancias del art. 225 CPP, y por su parte, el Fiscal tomando conocimiento del acto, se negó a dejarlos en libertad con el argumento de que él no había dispuesto el arresto y que debían cumplir las 8 horas del mismo. Consiguientemente, corresponde verificar si tales extremos son ciertos y si constituyen lesión al citado derecho, a fin de conceder o negar la tutela solicitada.