SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1400/2002- R
Fecha: 18-Nov-2002
modulando los alcances de dicha Sentencia, en la SC 1363/2002 referida en principio
Que, asimismo por SC 1044/2002-R, este Tribunal especificó los alcances del art. 117LOJ, señalando: “... que es el acto del sorteo de causas lo fundamental pues con ello se determina la competencia del juzgador para conocer de un proceso, siendo la omisión de esta formalidad motivo de nulidad en los términos que señala el art. 123”, empero, este Tribunal, modulando los alcances de dicha Sentencia, en la SC 1363/2002 referida en principio, ha dejado establecido que: “....que la intervención del vocal semanero debe constar en los libros de registro de ingreso de causas nuevas, previstos en el art. 206.6) LOJ, no siendo exigible que su firma esté estampada en cada proceso; por cuanto de un lado, esta circunstancia no está establecida en la ley y, de otro, determinaría una sobrecarga procesal inmotivada, que podría producir demoras en la dinámica procesal y resultaría incompatible con las directrices de celeridad que emanan del art. 116.X constitucional.”, siendo el contenido de este fallo, la base de la nueva línea jurisprudencial respecto a la interpretación que debe darse al art. 117 LOJ, la misma, que debe ser tomada en cuenta en casos como el planteado en estricta sujeción al art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).