SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1462/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1462/2002-R

Fecha: 28-Nov-2002

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara  improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) el art. 181 CE establece la barrera electoral para la adjudicación de diputaciones plurinominales de los partidos o alianzas que hubieran obtenido una votación superior al 3% del total de los votos válidos a nivel nacional; 2) en las elecciones del 30 de junio  el partido Libertad y Justicia obtuvo el 2,72% de la votación a nivel nacional, motivo por el cual la Corte Nacional Electoral le ha retirado su “personería jurídica”(sic) sin asignarle ningún representante en la Cámara de Diputados; 3) conforme al calendario electoral los resultados definitivos de las Elecciones Generales fueron emitidos oficialmente en julio y las credenciales entregadas antes del 6 de agosto, habiendo transcurrido más de cuarenta y cinco días, siendo la característica del amparo la inmediatez por lo que a la fecha ya no es posible revisar actos consolidados de la Corte Nacional Electoral que actuó con plena jurisdicción y competencia; 4) el recurrente pudo en su oportunidad interponer recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad del art. 181 CE.