SENTENCIA CONSTITUCIONAL 102/2002
Fecha: 18-Dic-2002
I.3. Alegaciones de la parte recurrida.
Que, el 12 de agosto de 2002, Efraín Rocha Guarachi y Adelaida Sejas de Rojas, acompañando testimonio de Derechos Reales plantean interdicto de adquirir la posesión, y previas las citaciones de ley, el 23 del mismo mes y año a hrs 16:30 procedió a la posesión judicial de dicho inmueble sin que exista oposición alguna.
Que, el recurrente el 27 de agosto de 2002, solicita franquee fotocopias legalizadas de todo el expediente, acompañando un testimonio en el que se evidencia la existencia de un proceso ordinario de entrega de inmueble seguido por Abraham Rocha Guarachi contra Teodosia Ramallo vda. de Rojas, documento que se encuentra registrado en DD.RR. en 1997. A su vez, por memorial presentado el 4 de septiembre de 2002 el mismo recurrente acompaña el Testimonio 17/98, correspondiente a la compra de siete fracciones de terreno, otorgado por Teodosia Ramallo vda. de Rojas a favor del recurrente, registrado en Derechos Reales en el Libro Primero de Propiedad de la Provincia Tarata en 08 de octubre de 1998.
- Abraham Rocha Guarachi
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Provincia Esteban Arze, Tercera Sección, Cantón Arpita
- Provincia Esteban Arze, Tercera Sección, Cantón Arbieto
- La persona agraviada
- III.2.
- IMPROCEDENTE por falta de legitimación activa,