SENTENCIA CONSTITUCIONAL 102/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 102/2002

Fecha: 18-Dic-2002

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Que, el recurrente plantea el presente recurso porque considera que el Juez Instructor de Tarata recurrido (jurisdicción ordinaria), al haber admitido un interdicto y ministrado posesión a los esposos Rojas-Sejas sobre un terreno agrícola y no urbano que es de su propiedad, ha usurpado funciones del Juez Agrario de Punata que es el único que tiene competencia para conocer interdictos de adquirir la posesión de fundos agrarios, en el marco de lo establecido por el art. 39 inc. 7 Ley INRA.