SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1506/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente representante de INTERGAS Ltda., afirma que dentro del proceso que le sigue a Mauricio Gonzáles Sfeir y otros por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica previstos por los arts. 198 y 199 CP, el nombrado co-imputado luego de una serie de recursos planteados interpuso la declinatoria del Juez de la ciudad de Santa Cruz, argumentando que su domicilio se encuentra en La Paz, que fue rechazada y confirmada en apelación, fallo contra el que interpuso amparo constitucional que fue declarado procedente remitiendo por ello los antecedentes del proceso a La Paz, radicándose la causa en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal Liquidador, sin que dichos actuados procesales le sean notificados observando las formalidades previstas por ley, ocasionándole por ello indefensión, y vulnerando el debido proceso como a la igualdad de las partes.