SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1561/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1561/2002-R

Fecha: 18-Dic-2002

II.4.

II.4.    Respondida la solicitud antedicha por Alejandro Ernesto Ortega Velez, representante de “Intergas” Ltda. (fs. 453 a 455), la Jueza  Quinta de Instrucción  en lo Penal, Estrella Montaño Ocampo, emitió la Resolución de 18 de marzo de 2002 (fs. 457), a través de la que rechazó el pedido de “declinatoria de competencia por falta de jurisdicción”, arguyendo que el art. 28 CPP.1972 establece “como regla de competencia que se tomará en cuenta el lugar donde se cometió el delito o el de la residencia del imputado y toda vez que de acuerdo a los datos cursantes en obrados y la posible consumación de los ilícitos querellados” se habría realizado en Santa Cruz, correspondería se tramite la causa en esa ciudad, ya que su autoridad habría tomado conocimiento preventivo de la litis.