SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1592/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1592/2002 - R

Fecha: 20-Dic-2002

(fs. 32)

La recurrida presentó su informe escrito (fs. 32), en el cual alega: a) que el proceso seguido contra la representada finalizó con la sentencia leída en audiencia pública que la condena a 5 años de privación de libertad, siendo notificada en la misma audiencia, empero recién presentó apelación el 17 de agosto a hrs. 11:00 a.m., que fue rechazada al tenor del art. 284 del Código de Procedimiento Penal de 1972 por ser extemporánea; b) que declarándose ejecutoriada la sentencia, se emitió el mandamiento de condena correspondiente, el cual es legal y ha sido emitido con plena jurisdicción y competencia, por lo que el recurso planteado resulta impertinente y un justificativo a la “lenidad demostrada por la defensa al no interponer los recursos ordinarios contra la sentencia que definió la situación jurídica de la procesada y c) que en ninguna parte de la normativa procesal se impone la presencia del abogado defensor para la lectura del fallo, pues en este acto ya no se recibe prueba ni se alega derecho alguno, pues solo se trata de darle publicidad al fallo según el art. 297-3) del citado Código, de lo que se deduce que su inconcurrencia no es causal de nulidad y en el hipotético caso de que lo fuera, el acto fue validado por la misma condenada que presentó apelación contra el fallo.