SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2002-R

Fecha: 20-Dic-2002

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal  de hábeas corpus pronuncia  Resolución  que declara procedente el  recurso, disponiendo la  libertad  de los recurrentes, con el fundamento de que no existían elementos de convicción para establecer que se presentaban los requisitos exigidos por el art. 233 para disponer su detención.

De lo expuesto precedentemente se deduce  que el caso  se encuentra dentro de las previsiones del art. 18 de la Ley Fundamental que ha instituido el hábeas corpus para precautelar la libertad de las personas ante cualquier tipo de arbitrariedad e ilegalidad que la suprima o restrinja. De manera que el Juez de hábeas corpus al haber declarado  procedente  el recurso ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.