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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1620/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1620/2002-R

    Fecha: 20-Dic-2002

    II.7.

    II.7.    Por Auto de Vista de 29 de agosto de 2002, los Vocales recurridos anularon obrados hasta fs. 716 inclusive, y dispusieron que las partes litigantes sean notificadas legalmente con la designación de perito y se prosiga el trámite de rigor establecido en los arts. 149 y siguientes con relación al art. 430 del cuerpo legal citado (fs. 15).

    • Jaime Rafael Saavedra Borda
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.2.   Informe de los recurridos
    • procedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.       FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.

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