SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 107/2002-R
Fecha: 04-Feb-2002
4.
4. A efectos de tener mayores elementos de convicción, mediante Auto Constitucional Nº 10/2002-CA de 14 de enero de 2002, se pidió documentación complementaria, suspendiéndose el término para emitir resolución, recibiéndose la misma en 24 del mismo mes, por lo que se reanuda el plazo y se ingresa al examen respectivo.
4) El 6 de diciembre de 2001 (fs. 65 a 75) se realizó la audiencia de medidas cautelares, en la que se emitió la Resolución Nº 036/2001, disponiendo, en lo que interesa a este Recurso, la libertad de la recurrente, previa imposición de las medidas cautelares de arraigo, presentación semanal en Secretaría de Cámara de Sala Plena, y la presentación de dos garantes personales solventes.