SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 107/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 107/2002-R

Fecha: 04-Feb-2002

POR TANTO:

POR TANTO:  El  Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado 7. 8)  y 93 de la Ley  No. 1836, con los fundamentos expuestos, resuelve APROBAR la Resolución  Nº  183/2001, cursante de  fs. 12 a 14 de obrados, dictada el 7 de diciembre  de 2001 por el Juez Tercero de Sentencia, en el Recurso de Hábeas Corpus el Juez del Recurso deberá calificar los daños y perjuicios causados a la recurrente, en el marco de lo dispuesto por el art. 91-VI de la Ley Nº 1836.