SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 123/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 123/02-R

Fecha: 08-Feb-2002

a)

La autoridad recurrida, en el informe escrito que corre  de fs.  27 a 30, expresa lo que a continuación se anota: a)  dentro del proceso social seguido por el Ministerio del Trabajo, a través de la Inspección General del Trabajo, contra la empresa Metalúrgica Vinto, planteado por infracción a leyes sociales, José María Valverde y otros, se presentaron como coadyuvantes; b) en dicho proceso se dictó sentencia disponiendo la reincorporación de los trabajadores, ejecutoriándose el fallo en la Corte Nacional del Trabajo; c) en ejecución de sentencia, las partes interpusieron numerosos incidentes y recursos que dilató la ejecución de fallos; d) en 21 de agosto de 1997 conoció el asunto, habiéndose allanado a la recusación formulada por la empresa demandada, que fue declarada ilegal, en razón de lo que continuó con la tramitación de la causa; e) a solicitud del recurrente ordenó se libre mandamiento de apremio  contra la representante de la entidad perdidosa, pero lo dejó sin efecto cuando la empresa presentó un contrato de trabajo manifestando que dispuso la reincorporación del trabajador, con intervención del Ministerio del Trabajo; f) el recurrente nunca se apersonó a la empresa, a efectos de su reincorporación; g) a pedido de la empresa demandada, se señaló el 1º de diciembre como día para que se opere la reincorporación  del actor en presencia de un funcionario del Juzgado, habiéndose notificado a las partes con esa determinación, el recurrente no asistió a ese acto y no presentó memorial alguno al Juzgado.