Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 138/02-R
Fecha: 20-Feb-2002
4.
4. Reynaldo Flores Barrera, en 21 de septiembre de 2001 (fs. 29 y 30), solicitó la cesación de su detención preventiva, que le fue concedida en Resolución dictada en audiencia realizada el 23 de octubre de 2001 (fs. 31 a 36), en la que se impuso como medidas sustitutivas la presentación tres veces por semana en el Juzgado, arraigo, prohibición de concurrir a lugares de diversión nocturna y de comunicarse con los demás co - procesados, y una fianza económica de Bs. 30.000.- La decisión relativa al monto de la fianza fue apelada en el mismo acto, siendo concedido dicho recurso.