SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 159/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 159/02-R

Fecha: 27-Feb-2002

a)

En el informe escrito que corre de fs. 75 a 77, los abogados y apoderados de la autoridad recurrida, manifestaron que: a) el Informe de la Contraloría General de la República Nº EC/EP06/G00-R1 de 13 de octubre de 2000 acredita la existencia de indicios de responsabilidad civil por la suma de $US. 327.239.- contra varios funcionarios prefecturales entre los que se encuentra Jaime Avilés Orgáz ; b) el Estatuto del Funcionario Prefectural, aprobado por Resolución Nº 200/99 de 18 de mayo de 1999, en su art. 107-e) faculta a destituir sin proceso por faltas graves cometidas en el ejercicio de sus funciones, en virtud de lo que el recurrente fue destituido; c) el Informe Complementario al anterior aún se encuentra en etapa de revisión, por lo que no existe ningún documento que supuestamente libere al recurrente de la responsabilidad civil, d) el recurrente es chofer, por lo que no tenía la capacidad y conocimiento suficientes para el manejo de Almacenes, siendo éste un motivo más para su destitución, puesto que la Contraloría observó que estaba en un cargo no acorde con su oficio; e) después de más de un año de que está cesante, recién plantea este Recurso, por lo que pide se lo declare improcedente, de acuerdo  a lo expresado por el Tribunal Constitucional en sus Sentencias Nos. 504/00-R y 525/00-R.