SENTENCIA CONSTITUCIONAL 252/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 252/2002-R

Fecha: 07-Mar-2002

1)

Por su parte, la recurrida presta su informe alegando: 1) Que dispuso la detención de la recurrente y sus representados luego de un análisis minucioso del cuaderno de investigación; que si bien es cierto sólo está compuesto de las declaraciones de los imputados también existen informes de los investigadores de donde extrajo los elementos de convicción sobre la participación de los recurrentes en los hechos que se les imputan; 2) Que en la audiencia de medidas cautelares no acreditaron que tenían domicilio, familia u ocupación conocidos en el país; lo cual se tomó como referencia para establecer el riesgo de fuga, habiéndose dictado la resolución con la debida fundamentación; 3) Que en la etapa preparatoria no se requiere de prueba y 4) Que es evidente que ella no estaba de turno el día que dictó la resolución de imposición de la detención preventiva, pero lo hizo en ausencia del Juez que le correspondía, dando conocimiento a la Corte Superior de Justicia.