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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 252/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 252/2002-R

    Fecha: 07-Mar-2002

    POR  TANTO:

    POR  TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los  arts. 18-III y 120 -7ª de la Constitución Política del Estado los arts.  7-8) y  93 de la Ley N° 1836 APRUEBA la Sentencia pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior  de Cochabamba el 28 de enero de 2002.

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • 1)
    • procedente
    • (fs. 58-60)
    • a)
    • sin fundamentar en qué se sustenta esa medida como exige el art. 233-1) de la Ley N° 1970,
    • “la fundamentación deberá ser efectuada caso por caso, estimando las características concretas que se presentan respecto de cada persona
    • POR  TANTO:

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