SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 257/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 257/2002-R

Fecha: 13-Mar-2002

procedente

Señalan que el 15% de la superficie original, ya fue cedida a favor del municipio, para áreas de equipamiento y otras, sin embargo la comuna con actitudes de hecho, sin consolidar su derecho propietario a través de las vías pertinentes como la expropiación  u  otras, procede a la demolición de sus propiedades y amenaza con extenderse a otras, desconociendo el principio de continuidad administrativa, por el que se obliga al burgomaestre a respetar los actos realizados por sus antecesores y conculcando sus derechos a la propiedad, la seguridad jurídica y la vida. Por lo que piden que su Recurso sea declarado procedente y  se ordene a los recurridos se abstengan de continuar con amenazas de demolición, pidiendo que le condene por el daño y perjuicio ocasionado.