SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 265/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 265/2002-R

Fecha: 13-Mar-2002

2.

2.    De fs. 24 a 30  del expediente, cursa el acta de la  audiencia pública realizada el 18 de  diciembre de 2001, en  la que el abogado del recurrente ratificó los términos de su demanda y los amplió señalando que los actos de los recurridos están tipificados como delito de sedición, por lo que pide se remitan obrados al Ministerio Público para su juzgamiento.

2)     El 27 de noviembre de 2001, los recurridos  colocaron candado a las puertas de las oficinas de la Alcaldía Municipal, conforme informó el Oficial Mayor Administrativo y el Portero Almacenero al  recurrente (fs. 11 y 12). Ante el pedido del Alcalde Municipal, el Concejo emitió la Resolución Municipal Nº 27/2001 (fs. 14 y 15), por la que ese ente deliberante instruyó al Ejecutivo la instauración de un Amparo Constitucional.