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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 268/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 268/2002-R

    Fecha: 13-Mar-2002

    POR TANTO:

    POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8ª y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de 22 diciembre de 2001, de fs. 147 a 149, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Oruro.

    • Vistos:
    • Considerando:
    • Procedente
    • sin considerar o motivar conforme a derecho, los agravios o fundamentos en que se basó la reconsideración impetrada.
    • Toda solicitud de licencia justificada y documentada deberá ser dirigida en forma escrita al DPIC o a las Unidades de Post Grado facultativas, quienes darán curso o rechazarán la misma
    • POR TANTO:

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