Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 300/2002-R
Fecha: 20-Mar-2002
7)
7) En ejecución de sentencia, el demandante del proceso ordinario solicitó en 9 de octubre de 2001 se emita mandamiento de desapoderamiento (fs.72), conminando el Juez ahora recurrido a los demandados a desocupar el inmueble y entregarlo a tercero día. En 6 de noviembre de 2001 (fs. 73), el demandante reiteró su pedido, ante el cual el Juez dispuso se libre mandamiento de desapoderamiento.