Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 323/2002-R
Fecha: 22-Mar-2002
5)
5) El Banco Unión S.A., respondió a través de las notas de 18 y 24 de julio, 31 de agosto y 10 de septiembre, (fs. 18 a 21), expresando que existe controversia respecto de las firmas que manejarían las cuentas del Municipio, ya que Ismael Quisbert interpuso Amparo Constitucional alegando que jamás renunció, por lo que el Banco remitió antecedentes al Viceministerio de Tesoro y Crédito Público, “para que esa autoridad pueda tramitar ante el Senado Nacional la definición sobre la controversia de su elección”.