Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 424/2002-R
Fecha: 16-Abr-2002
3.
3. Concluida la audiencia pública el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso, con los fundamentos de que para disponer la detención preventiva del recurrente no concurrieron los dos presupuestos exigidos por el art. 233 del Código de Procedimiento Penal, ya que no sólo se presentó voluntariamente ante la Policía Técnica Judicial sino también con el arma con el que presumiblemente se hicieron los disparos, lo que demuestra cooperación con la investigación y que de ninguna manera la está obstaculizando.