Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 43/2002
Fecha: 23-Abr-2002
I.2.
I.2. A mediados de noviembre de 2001 -dice la recurrente- sorpresivamente aparecen obrados que no estaban en el proceso, designándose supuestamente una nueva autoridad, y sin que se realice notificación alguna, actuando sin competencia emitió resolución declarando probada la nulidad, atentando contra las garantías constitucionales como el debido proceso.