Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 459/2002-R
Fecha: 23-Abr-2002
Fragmento 5
Estiman que con los actos denunciados, el recurrido está violando el derecho al trabajo que el art. 7-d) de la Constitución les reconoce, por lo que interponen Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo sea declarado procedente y se ordene la inmediata restitución y habilitación del minibús y del socio a su fuente de trabajo, con costas.