Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 500/2002-R
Fecha: 29-Abr-2002
procedente
Estando a la fecha ejecutoriado el Auto Supremo, al no quedarle ninguna otra vía para pedir protección al Estado por la violación a sus derechos a la vida, la libertad, y la propiedad, plantea el presente Recurso, el mismo que pide sea declarado procedente, y se ordene a la Dirección de Bienes Incautados haga la entrega del bien inmueble a su persona, así como que se cancele cualquier gravamen que pesa sobre el mismo.