Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 501/2002-R
Fecha: 30-Abr-2002
(fs. 41-45)
3. Que, el 19 de marzo de 2002 se realizó la Asamblea Extraordinaria del Partido VIMA sin la concurrencia de su Presidente y Vicepresidente. Del acta de dicha Asamblea (fs. 41-45) se tiene: a) que sólo asistieron los miembros del Directorio en un número de 22 personas, no existe constancia de la asistencia de los secretarios ni delegados departamentales; y b) que se le otorgaron amplios poderes a Freddy Zabala Padilla en su calidad de Secretario Ejecutivo para tomar determinaciones democráticas, c) que se procedió a la elección de los candidatos, no se refiere a través de qué procedimiento.
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- (fs. 208-213)
- IMPROCEDENTE
- (fs. 99-11).
- (fs. 34-38)
- (fs. 41-45)
- (fs. 46)
- (fs. 6)
- (fs. 1-3)
- es nula toda disposición o pacto que establezca procedimientos extraordinarios, o confiera poderes de excepción a una o varias personas o determinados órganos del partido
- POR TANTO: