SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 501/2002-R
Fecha: 30-Abr-2002
(fs. 46)
4. Que, mediante Resolución Nº 05/02 de la “Conferencia Nacional (Asamblea General) de VIMA de 19 de marzo de 2002, por aclamación e invocando facultades reconocidas en el Estatuto Orgánico de VIMA, resolvió desconocer a Pablo Caballero Díaz y Edgar Prudencio Medrano en sus cargos de Presidente y Vicepresidente del Directorio de VIMA y conceder poderes plenipotenciarios a Freddy Zabala Padilla y reconocerlo como máxima autoridad (fs. 46), la cual es ratificada por la Resolución de Asamblea General Nº 07/02 de 20 de marzo de 2002 (fs. 47-48), fecha en la que la Directiva dirige oficio al Presidente del Tribunal de Honor poniendo a su disposición a los nombrados (fs. 49), asimismo designa a los miembros del Tribunal de Honor mediante Resolución de directorio N° 06/02; el Tribunal de Honor, que por Resolución Nº 01/2002 de 20 de marzo de 2002, resolvió ratificar las determinaciones asumidas por la Conferencia Nacional o Asamblea de 19 de marzo de 2002 (fs. 50-51), sin haber sustanciado ningún proceso.
- Partes:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- (fs. 208-213)
- IMPROCEDENTE
- (fs. 99-11).
- (fs. 34-38)
- (fs. 41-45)
- (fs. 46)
- (fs. 6)
- (fs. 1-3)
- es nula toda disposición o pacto que establezca procedimientos extraordinarios, o confiera poderes de excepción a una o varias personas o determinados órganos del partido
- POR TANTO: