SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 543/2002-R
Fecha: 13-May-2002
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que el presente Amparo ha sido interpuesto por los recurrentes alegando que los recurridos han cortado el suministro de energía eléctrica en el local comercial que han alquilado en la Galería del Hotel “Plaza”, con el propósito de lograr la desocupación del mismo, lo que atenta contra su derecho al trabajo, reconocido en el art. 7-d) de la Constitución. Corresponde, por ende, analizar si tal hecho da lugar a la procedencia de este Recurso.
CONSIDERANDO: Que el Amparo Constitucional es un Recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de funcionarios o particulares que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona reconocidos por la Constitución y las Leyes.