Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 633/2002-R
Fecha: 29-May-2002
1)
Que, para determinar si procede el Recurso y corresponde otorgar la tutela solicita, es necesario dilucidar sobre los siguientes aspectos: 1) la competencia de la jurisdicción constitucional frente a las resoluciones de la jurisdicción electoral; 2) las condiciones de procedencia del Amparo y 3) si los hechos denunciados restringen o suprimen de forma ilegal e indebida los derechos fundamentales y garantías constitucionales invocados por el recurrente.