SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 665/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 665/2002-R

Fecha: 07-Jun-2002

1.

1.   En la demanda presentada el 1 de abril de 2002 (fs. 32 a 35), el recurrente  manifiesta que mediante memorial de 3 de abril de 1997, denunció ante el Alcalde Municipal de Cochabamba, la ocupación ilegal de un kiosco ubicado en la esquina formada por las Avenidas República y Pulacayo de dicha ciudad, pidiendo la inmediata restitución a su legítimo adjudicatario, su mandante Rogelio Torrico Zapata, habiéndose declarado  improcedente su solicitud a  través de la Resolución Técnico Administrativa Nº 1948/97 de 21 de octubre de  1997, argumentando que el citado kiosco, con código Nº 105-48-00-06-0004, se halla registrado a nombre de Juan Cota Nina, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nº 1261/93, y que no existe en el Registro Computarizado el nombre de Rogelio Torrico como adjudicatario de ningún puesto municipal.

1)   Mediante Resolución Municipal Nº 302/91 de  30 de diciembre de 1991 (fs. 3), se declaró la libre disponibilidad del sitio o puesto municipal instalado en el Mercado de Ferias “La Pampa”, entre la Avenida República y la calle Pulacayo de Cochabamba, adjudicándolo con carácter provisional a favor de Rogelio Torrico Zapata,  señalando que éste debe cumplir con todas sus obligaciones tributarias y que en caso de hacer entrega a terceras personas, el puesto sería revertido.