SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 712/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 712/2002-R

Fecha: 17-Jun-2002

3.

3.   La Sentencia de 15 de abril de 2002, cursante a fs. 93 vta. y 94, pronunciada por  la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara PROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: 1) la recurrente, después de la reversión, se sometió a la vía administrativa, solicitando el pago de las mejoras introducidas al terreno, “vía que no se encuentra agotada por lo que al tenor del art. 94 de la Ley Nº 1836 y 19 de la C.P.E., resulta notoriamente improcedente” (sic); 2) “la Alcaldía Municipal dentro de los derechos que tiene sobre el terreno de propiedad no han culminado con los trámites administrativos, habiendo ingresado en forma violenta al inmueble sin autorización por lo menos del Sr. Fiscal u otra autoridad competente y han cambiado los candados, desalojando a los porteros, violando los derechos constitucionales establecidos en el art. 7 inc. a, c, d, f, i y 22 de la C.P.E., además de hacer notar que el proceso de pago de mejoras que radica en la Alcaldía Municipal es otro trámite que debe seguirse si se ha tomado la vía administrativa” (sic).