Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 719/2002-R
Fecha: 18-Jun-2002
Fragmento 3
Indica que, a más, los recurridos no se han referido a la excepción de falsedad e inhabilidad del título, con lo que han incumplido el mandato del art. 343 del Código de Procedimiento Civil, máxime si en la etapa probatoria demostró que la letra de cambio base del proceso ejecutivo, fue impugnada en la vía penal por falsedad ideológica y material, existiendo en ese juicio auto de procesamiento contra el ejecutante.