Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 744/2002-R
Fecha: 24-Jun-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 93 de la Ley N° 1836, REVOCA la Resolución de fs. 20 a 21 de 16 de mayo de 2002, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y declara PROCEDENTE el Recurso, y dispone que el Juez recurrido dé cumplimiento al art. 240 de la Ley N° 1970, sin lugar a la aplicación del art. 102-IV) de la Ley N° 1836.