Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 13/2002-O
Fecha: 02-Jul-2002
6.
6. La Jueza recurrida, notificada con el Auto de 22 de mayo, en 28 del mismo mes, emitió un informe manifestando que el expediente del proceso interdicto de recobrar la posesión que, como efecto del Recurso Directo de Nulidad, remitió al Tribunal Constitucional, no le había sido aún devuelto por lo que estaba en la imposibilidad de dar ejecución a lo ordenado en la Sentencia Constitucional Nº 903/2000-R, frente a lo cual, pronunciaron el decreto de 3 de junio disponiendo que, sin perjuicio de recibir el expediente, la Jueza cumpla lo establecido en el Auto Nº 287/2002 SSA-II de 22 de mayo.