Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 782/2002-R
Fecha: 02-Jul-2002
Director del Hospital
“Que, en la problemática compulsada, el Director del Hospital recurrido (privado) no tiene la autoridad anotada, por lo que su conducta no puede ser denunciada ni corregida en la justicia constitucional, pues para el caso de ser lesiva a la libertad física deberá ser denunciada e investigada ante los órganos jurisdiccionales competentes, sin que este Tribunal pueda decidir sobre aquella”.