Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 782/2002-R
Fecha: 02-Jul-2002
particular
Que el recurrente considera que el Hospital particular recurrido, le ha restringido su libertad de locomoción, con la finalidad de que su persona cancele cuentas pendientes de pago; aclara que interpone el presente Recurso de Amparo porque el Tribunal, mediante Sentencia Constitucional 459/2001-R, ha reconocido que no procede el Recurso de Hábeas Corpus contra particulares y que la protección de los actos ilegales quedan bajo la tutela del Amparo.